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Experto dice prohibición de Haití carece de fundamento

Ante el anuncio del Ministerio de Economía y Finanzas de Haití sobre la prohibición a la importación vía terrestre de 23 productos dominicanos a partir del próximo 1 de octubre de este año, el especialista Fantino Polanco, profesor de Derecho del Comercio Internacional de la Universidad Iberoamericana (UNIBE), explica asuntos sobre la legalidad y las posibles consecuencias de la medida.

¿Puede Haití prohibir la entrada a productos de RD?

Haití es un país libre y soberano, por lo que puede definir e implementar su política comercial. Ahora bien, precisamente ejerciendo su libertad y soberanía, Haití en el pasado suscribió junto a República Dominicana una serie de acuerdos internacionales y protocolos bilaterales en los que se comprometió a un conjunto de reglas comerciales, de forma y de fondo, las cuales debe acatar a la hora de crear medidas para regular el comercio, como la medida recientemente anunciada.

¿Buscan ellos mejorar el control de calidad de los productos y la seguridad de la población?
Entiendo que la razón esbozada por Haití no es válida, ni se justifica jurídicamente, pues, a la fecha Haití no ha presentado la  justificación científica requerida por los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), donde ellos comprueben que la entrada de esos 23 productos por vía terrestre afecta verdaderamente la calidad de los productos y seguridad de la población. Además, Haití dispone de alternativas adicionales para conseguir el objetivo que desea.

¿Es la medida compatible con acuerdos a los que Haití se ha comprometido?
Es completamente incompatible con la normativa internacional. En cuanto a la forma, Haití a la fecha no ha notificado, ni ha consultado a RD,  por lo que ha actuado en contradicción a lo acordado en el Memorando Bilateral de Entendimiento sobre las Relaciones Comerciales de 2014. En cuanto al fondo, la medida constituye una discriminación directa en contra de las exportaciones dominicanas. Si Haití pone en vigor esa medida estaría dando un trato menos favorable a los productos dominicanos que el que les da a los que se fabrican en su país o que se exportan desde otros países.

¿Cómo afectaría la medida anunciada a los exportadores dominicanos?
Se afectaría gravemente a los exportadores dominicanos. Dentro de la medida se encuentran la gran mayoría de los productos de mayor exportación hacia Haití en 2014 , entre ellos, la harina de trigo (US$78,385); el cemento gris (US$67,487); el aceite comestible (US$34,198); materiales de construcción, y alimentos como las pastas. Además, limitaría las exportaciones dominicanas al prohibir el uso de la vía terrestre la cual es la vía más natural y por donde la inmensa mayoría de las exportaciones se llevan a cabo.

A manera de ejemplo, en 2014 solo por Jimaní se exportaron unos US$572,892.5 millones y por Dajabón unos US$251,204.5 millones lo que resultó más del 80% del total exportado a Haití en ese período. Además le restaría competitividad a las exportaciones dominicanas, las que se tomarían más tiempo para llegar al mercado haitiano si se opta por la vía marítima y las que resultarían más costosas por los elevados precios del transporte marítimo o aéreo.

¿Qué acciones pudiera llevar a cabo República Dominicana?
Ante esta situación, y tomando en cuenta la coyuntura actual de las relaciones bilaterales entre RD y Haití, el Gobierno dominicano debería continuar actuando con la gran prudencia como lo ha hecho y, realizar sus mejores esfuerzos y mecanismos diplomáticos para persuadir a su homólogo haitiano de que utilice los mecanismos correspondientes.  

Por ejemplo, en el plano de “evaluación de la conformidad y garantía de la calidad” Haití firmó un protocolo con el país para llevar a cabo estas evaluaciones. Haití también convino memorándums de entendimientos que disponen que deben notificarse y consultarse previamente antes de imponer medidas comerciales. El país podría exigir que honre los compromisos.

¿Qué acciones legales pudiera llevar a cabo RD para impedir que Haití ponga en vigor la medida anunciada?
En los acuerdos de libre comercio regionales en la actualidad RD y Haití no tienen ninguno vigente, pues, Haití a pesar de ser miembro de la Caricom, no es parte contratante del TLC que la Caricom tiene con el país. Tampoco el Acuerdo de Asociación Económica entre los países del Cariforo y la Unión Europea resulta aplicable porque independientemente de que Haití lo firmó, aún a la fecha no lo ha puesto en vigor, por lo que no le es vinculante.

Existe una vía disponible para accionar contra este tipo de medidas en el ”rgano de Solución de Disputas de la OMC, pero entiendo que es prudente hacer ciertas aclaraciones. Primero: la medida no se encuentra en vigor aún, así que para realizar consultas en la OMC habría que esperar a que la medida exista. Segundo: al ser Haití un país de extrema pobreza, recibe por parte de los miembros de la OMC “un trato especial y diferenciado”, tratamiento que se extiende de manera especial a todo el proceso de solución de disputas en la OMC, lo que podría conllevar en la práctica dificultades y poca factibilidad de ejecutar sanciones si las hubiere. Por último, se deben contemplar también todas las aristas e implicaciones, ya que, accionar contra Haití en la OMC se convertiría en un precedente, pues sería la primera vez que se somete a una controversia a un “País Menos Adelantado”, lo que conllevará repercusiones de orden político. En mi opinión el Gobierno dominicano debe continuar siendo cauteloso, prudente, pero también debe continuar pidiendo que sean reconocidos los derechos que los acuerdos de comercio suscritos con Haití tanto a nivel bilateral y multilateral.